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Organización
Reglamento de Régimen Interior (R.R.I)

Definimos el Reglamento de Régimen Interior del Colegio Rural Agrupado "El Mirador de la Sierra" como el conjunto de reglas, normas y procedimientos que posibilita que su estructura organizativa funcione, y que determina cómo se realizarán las funciones de las diferentes unidades organizativas. Por tanto, este Reglamento será la concreción de la normativa vigente adaptada a una filosofía organizativa y a unos valores que el Centro quiere desarrollar y que determinarán el estilo propio de funcionamiento.


•1. JUSTIFICACIÓN Y DEFINICIÓN
Para la confección del R.R.I.. se ha tenido en cuenta una serie de elementos que se consideran primordiales para una mejor organización y un funcionamiento más idóneo de todos los sectores del Centro.
Participación activa de los diferentes colectivos del Centro, dentro de un marco de tolerancia y respeto. Desarrollo del espíritu de convivencia, respeto a la personalidad de todos los individuos y valor de las normas elementales de educación dentro de los principios básicos de convivencia.
La gestión democrática y responsable del Centro en todas sus estructuras organizativas contemplando el derecho de intervenir en las decisiones que le afecten mediante o a través de sus representantes libremente elegidos.
La promoción y potenciación de la cooperación social como forma de ser coherentes y solidarios con el entorno.
Respeto a los derechos y deberes de los alumnos (decreto 51/2007), así como a los profesores, padres y personal no docente.
Reflejar aspectos de la vida del centro no recogidos taxativamente en la legislación vigente.
Se pretende, con la elaboración de este R.R.I. que, además, se produzca una mejora en la calidad de la enseñanza, y para ello consideramos necesario que:
Se concreten competencias y se delimiten funciones.
Se establezcan unos canales ágiles de comunicación y cooperación entre órganos y sectores.
Se conozca y cumpla con lo legislado y que se regule todo aquello que no esté legislado


•2. FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL CENTRO NORMAS DE CONVIVENCIA.
En nuestro Centro se pretende lograr un clima de convivencia basado en el respeto y la fluida comunicación. La consecución de este objetivo es primordial ya que así se podrá conseguir el trabajo en equipo del Centro. Desde este punto de vista, el profesorado debe proyectar en los alumnos los valores humanos de justicia, tolerancia, respeto, democracia y no violencia, sin menoscabo de enseñanza de calidad que busque la adaptación futura de los mismos a las demandas culturales de nuestra sociedad.
En definitiva, consideramos que el cuidado por mantener unas relaciones humanas relajadas y profundamente respetuosas entre los diferentes miembros de la comunidad se traducirá en actitudes capaces de generar por sí mismas un ambiente generalizado de confianza y seguridad, que potenciará la creatividad y la eficacia.
LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO EDUCATIVO.
El Centro debe constituir una Comisión (en la que estén representados todos los sectores de la comunidad educativa) que elaborará las normas de convivencia, al menos las más elementales, que deben regir en cualquier centro educativo. Consideramos esenciales las siguientes normas:


2.1. CON RESPECTO A LOS PADRES.
Conocer el proyecto Educativo de Centro.
Acudir al Centro siempre que sea preciso para recabar información.
Acudir al Centro cuando sean convocados.
Entrevistarse con los tutores y/o profesores de sus hijos.
Llegar a acuerdos con profesores y tutores de sus hijos sobre aspectos fundamentales de la educación de los mismos (atención al estudio, alimentación, sueño, descanso, etc.,...) evitando mensajes contrapuestos.
Colaborar con el Centro para que las normas de convivencia sean cumplidas por toda la comunidad educativa. Participar (y, en su caso, organizar) en las actividades extraescolares organizadas por el Centro.
Evitar obstáculos que puedan interferir en la convivencia, ya sean personales, institucionales y orgánicos, consensuando las posibles alternativas.
Agilizar los canales de información existentes entre el A.M.P.A. y el Centro.
Mantener en todo momento una actitud dialogante en donde predomine el respeto y el consenso.


2.2. CON RESPECTO A LOS ALUMNOS.
2.2.1. ENTRADAS Y SALIDAS

HORARIO DE APERTURA.
Las puertas del centro se abrirán con el tiempo suficiente para iniciar las actividades escolares
Los alumnos deberán llegar con puntualidad. Cada falta de puntualidad que exceda el margen permitido, sin causa justificada, será considerada como una falta leve, que se hará sabe, verbalmente, al interesado y en el caso de los alumnos más pequeños a sus padres. Cada tres faltas leves, se considerará una falta grave, en cuyo caso habrá una amonestación por escrito dirigida a los padres
De igual modo se exigirá puntualidad a los padres, tutores o personas encargadas del niño a la hora de recoger a los alumnos en la salida.

INTERCAMBIOS DE CLASE
En caso de que el alumnado tenga necesidad de cambiar de aula entre clase y clase este intercambio se realizará de forma ordenada.
No se permite permanecer en los pasillos ni acudir a los aseos sin permiso del profesorado.

ENTRADAS.
Los niños y las niñas de este Colegio deben respetar con exactitud los horarios de entrada
Los alumnos/as sólo podrán acceder al Centro durante el tiempo del recreo si acreditan debidamente su asistencia al médico (justificante médico), o por causas muy claras de fuerza mayor y siempre con permiso de cualquier miembro del Equipo Directivo.
Queda prohibida la entrada, injustificada, de padres/madres en el centro para acompañar a los niños a clase.
Las entradas al Edificio se deben hacer de forma ordenada, evitando carreras y empujones. Los alumnos/as esperaran en el patio y accederán a las aulas cuando suene el timbre de inicio de clases.
Está totalmente prohibido provocar situaciones peligrosas en las escaleras, tales como asomar el cuerpo por las barandillas, deslizarse por ellas o empujar a los compañeros. Esto será considerado como falta, y por tanto podrá ser sancionado convenientemente.

SALIDAS.
Ningún alumno podrá salir del centro durante el horario lectivo, salvo:
Asistencia al médico, que se tendrá que justificar con el correspondiente justificante médico y que se efectuará, preferentemente, durante el tiempo de recreo e intercambios de clase
Por causas muy claras de fuerza mayor, previa autorización del Tutor o del Jefe de Estudios.
En ambos casos sólo se permitirá la salida del alumno/a si hay algún familiar, mayor de edad, que lo recoja y firme un documento, que se habilitará para tal fin, ante el tutor o maestro que esté impartiendo docencia en ese momento.
En las salidas de los alumnos de las aulas del Colegio, es responsable el profesor que ha impartido clase el último al finalizar la mañana.


•2.2.2. FALTAS DE ASISTENCIA.
La asistencia a clase, es absolutamente obligatoria para todo el alumnado del Centro. En caso de ausencia deberá ser debidamente justificada ante el tutor o tutora del grupo el día de su incorporación, correspondiendo dicha justificación, preferentemente por escrito, a los padres o tutores legales.
El alumno que haya faltado a clase de forma justificada presentará el justificante al tutor o tutora, dándole el visto bueno si ha lugar; complementando este requisito, lo enseñará al resto de los maestros y maestras afectados.
El profesorado llevará un control estricto de las faltas, para ello anotará en el parte diario las faltas de asistencias. Si transcurrido una semana, desde su reincorporación a clase, no se recibe la justificación, el profesor tutor se pondrá en contacto con los padres o tutores legales, para notificarles la incidencia.
En el caso de reincidencia en las faltas injustificadas el tutor citará oficialmente a los padres del alumno para comunicarle tal hecho y advertirá sobre la consideración del mismo como caso de absentismo escolar, comunicándoles que en el caso de persistir en su actitud se informaría a la Comisión de Convivencia y a la Dirección Provincial de Educación.
Las faltas a clase deberán justificarse debidamente por parte de los padres, en caso de enfermedad es necesario el justificante médico del pediatra. Cuando la falta sea de un modo reiterado puede provocar la imposibilidad de la aplicación correcta de los criterios generales de evaluación y la propia evaluación continua. Mensualmente se comunicará a la Dirección Provincial la relación de los alumnos con faltas injustificadas y el número de éstas.


•2.2.3. ALUMNOS ENFERMOS O ACCIDENTADOS
Bajo ninguna circunstancia se permitirá que se marche solo a casa
Se pondrá en conocimiento del tutor. Si éste no se encuentra en ese momento se pondrá en conocimiento del Equipo Directivo
El tutor o, en su caso, el Equipo Directivo se pondrá en contacto telefónicamente con la familia para que se personen en el centro
En su caso de que no haya nadie en casa, el tutor o, en su caso, el Equipo Directivo acompañará al alumno al centro de salud. Durante su ausencia la clase del tutor será vigilada por el profesor más próximo mientras el equipo directivo envía un profesor que le sustituya.
En el caso de que un tutor tenga en su clase alumnos que necesiten una medicación, tratamiento o control sistemático de algún tipo de enfermedad, se pedirá al padre, madre o tutor que envíe al Centro un escrito autorizando para la administración de los mismos. Si algún alumno posee una enfermedad que necesite una medicación en el momento de crisis, previa petición de lo tutores legales el centro será depositario de dicho tratamiento. En el caso de que se desencadene una crisis, se avisará al Servicio de Urgencias Médicas, comunicándole lo que ocurre e indicándole el tratamiento que tiene.


•2.2.4. ACTITUD EN EL AULA.
Los niños y niñas que asisten a nuestro Colegio tienen el derecho y la obligación de aprender y dejar que los demás aprendan. Serán consideradas faltas que perjudican gravemente la convivencia las repetidas interrupciones, desobediencias, situaciones de violencia y demás conductas impropias que impidan ese derecho fundamental.
El respeto hacia los profesores y hacia los compañeros nos hará más agradable y pacífico el tiempo que estamos en el Colegio. Será conducta que perjudica gravemente la convivencia en el Centro ofender con gestos groseros o palabras a los compañeros y a los profesores. Todos tenemos derecho a ser respetados.
Es un derecho de todo miembro de la comunidad educativa el no ser discriminado por ninguna razón, así como el ser respetado en su integridad física y moral y en su dignidad personal, no pudiendo ser objeto en ningún caso de tratos vejatorios o denigrantes; así pues, queda justificada la obligatoriedad de todos los componentes de nuestra comunidad educativa, a tratar y ser tratados de acuerdo a estas premisas, evitando a toda costa aquellas actitudes o acciones que puedan suponer menoscabo a la persona.
En el interior del Centro se mantendrán actitudes de respeto por parte de todos los miembros de la Comunidad Escolar. Se procurará resolver todos los problemas que se presenten a través del diálogo.
El aula es el lugar común de trabajo de maestros, maestras y de alumnos. En ella se desarrolla parte del proceso educativo y, por tanto, está prohibida cualquier actividad individual o colectiva que pueda perturbar o dificultar la libertad de trabajo de los demás.
El estudio constituye un deber básico de los alumnos, derivándose de éste las siguientes obligaciones:
Participar en las actividades orientadas al desarrollo de las actividades del Centro.
Seguir las orientaciones del Profesorado respecto de su aprendizaje.
Respetar el derecho al estudio de sus compañeros.
Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como a dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
No se discriminará a ningún miembro de la Comunidad Educativa por razón de nacimiento, raza, sexo o cualquier otra circunstancia personal o social.
Colaborar con la limpieza y conservación del entorno escolar. (Clases, patios, etc.)


•2.2.5. MATERIAL PERSONAL.
Todo el alumnado del Centro está obligado a proveerse de los medios materiales necesarios que se le indiquen para el correcto desarrollo de las clases, tanto en material escolar como en ropa de uso en las clases de tipo deportivo.
No traer el material de forma reiterada se considerará falta, y por tanto podrá ser convenientemente sancionado.
También se considerará falta maltratar el material propio, el de los compañeros y el del Colegio.
Queda prohibido traer al centro cualquier material que no sea de uso escolar tales como teléfonos móviles, maquinitas de juegos, walkman, etc.


•2.2.6. SALUD E HIGIENE PERSONAL.
Los alumnos tienen la obligación de asistir a clase debidamente aseados.
Queda totalmente prohibido consumir golosinas dentro de la clase, salvo en casos excepcionales. Cuando se consuman en el patio, se deberá utilizar las papeleras para echar en ellas los desperdicios.
De acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente, se prohíbe fumar en todas las dependencias del Centro. Así como ingerir sustancias con contenido alcohólico y drogas


•2.2.7. UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS.
Los aseos deberán permanecer abiertos mientras lo esté el Centro. Se aconsejará su uso, especialmente, al inicio de los recreos. Se velará para que en éstos se mantengan las condiciones adecuadas de limpieza y para que los alumnos cuiden de ella. Los servicios deberán estar adaptados y ser adecuados a la edad de los alumnos. Habrá otros para profesores.
El uso de los aseos fuera del tiempo del recreo, se debe realizar sólo en casos de verdadera necesidad, y cualquiera que sea el motivo nunca podrán ir más de un alumno juntos al servicio.


•2.2.8. PASILLOS Y AULAS.
Durante las horas de clase ningún alumno/a podrá permanecer en los pasillos.
El delegado o el alumno/a que designe el profesor será el encargado de hacer los recados de la clase.
Ningún alumno permanecerá en clase durante el horario de recreo, salvo que lo haga con su respectivo profesor.
Como norma de respeto a los demás miembros de la Comunidad Escolar, en las aulas, en los pasillos y en los recibidores no se permitirá correr, gritar o realizar actividad que perturbe el normal desarrollo de la vida en el Centro.
Si durante las horas de clase, los alumnos/as tienen que desplazarse, lo harán con el máximo orden y silencio para no molestar a los demás en su trabajo.
Finalizadas las clases, todos los niños y niñas deben colocar las sillas sobre las mesas para facilitar las tareas de limpieza. Los delegados de curso o los encargados del material vigilarán la limpieza y orden de la clase. Debemos procurar tener unas clases bonitas y limpias.


•2.2.9. INTERCAMBIOS DE CLASES.
Se realizarán con puntualidad. Durante los intercambios no se permitirá la salida de los alumnos y alumnas de las aulas al pasillo ni al servicio.
Se procurará en el caso de que los alumnos/as tengan que cambiar de aula, que lo hagan sin molestar al resto del alumnado, con el mayor orden y silencio, respetando el derecho que los otros alumnos del centro tienen a trabajar en silencio.


•2.2.10. RECREOS.
Es obligatoria la salida de todos los alumnos al patio, no pudiendo permanecer ni en los pasillos ni en las aulas si no está acompañado de un profesor, que será el responsable de esos alumnos en ese periodo de tiempo.
Los alumnos que sean castigados por algún profesor durante el recreo, permanecerán en el aula que determine el profesor y en compañía del mismo.
Los alumnos no podrán permanecer castigados en los pasillos ni en los bancos de entrada al centro.
En los recreos se jugará o paseará respetando el descanso y el juego de los demás.
Están prohibidos los juegos violentos, peligrosos y que pretendan manchar o ensuciar la ropa o el cuerpo de otros niños/as.
Los profesores podrán organizar algún tipo de actividad durante los recreos, por ejemplo partidos de fútbol sala entre cursos o cualquier otra que se considere interesante para los alumnos y no menoscabe el derecho de éstos a su merecido tiempo de ocio.
Se respetará por parte de los alumnos/as la asignación que de los espacios se haga a principio de curso para su utilización en deportes colectivos.
En caso que las condiciones meteorológicas sean adversas, el profesorado encargado de vigilar el recreo decidirá la conveniencia de salir al recreo o permanecer en el aula. En este último caso será el profesor/a que haya impartido la última clase el encargado de vigilar al alumnado en el aula.


•2.2.11. AULAS ESPECÍFICAS.
Dado que las aulas específicas son de uso común para diversos grupos, se hace imprescindible que cada alumno se haga responsable del cuidado de los materiales que se encuentren en la misma, así como que al término de la clase ésta se encuentre ordenada. Con el fin de velar por la conservación y limpieza de estas aulas, el profesor verificará al término de la clase que todo el material ha sido correctamente tratado, que no falta nada, que ha sido colocado de nuevo en su sitio y que la limpieza se ha respetado.
El alumnado colaborará poniendo en conocimiento del profesor los desperfectos que inevitablemente se pudieran producir para que sean reparados lo más rápidamente posible por el personal correspondiente.
Los traslados, entradas y salidas de estas aulas se harán de forma silenciosa y ordenada.
Una vez dentro del aula se ocupará el mismo sitio, salvo cambio acordado por el profesor, de esta forma cada cual será el responsable de su puesto.
En ningún caso, estas aulas podrán ser utilizadas por el alumnado sin la presencia de un profesor, o la correspondiente autorización de la Jefatura de Estudios.


•2.2.12. MATERIAL E INSTALACIONES.
Nuestro colegio posee unos edificios y un material que debemos cuidar de la misma forma que cuidamos las cosas de nuestra casa. Los alumnos que maltraten o usen inadecuadamente estas instalaciones y este material (libros, papeleras, muebles,..) serán responsables ante la dirección del Colegio, que les obligará a pagar los daños producidos.
La provocación voluntaria de falta de limpieza en el mobiliario supondrá la obligación de restituirlo, con el propio trabajo, a la situación de higiene que le corresponde. Está prohibido por tanto pintar, rayar o poner pegatinas en mesas, puertas y demás muebles.
La persona que rompa o deteriore algún elemento del edificio escolar o material del Centro de forma intencionada o por no tener el debido cuidado, deberá abonar el importe del daño causado o contribuir parcialmente al mismo. Esto a juicio de la Comisión de Convivencia previo informe del tutor/a y/o maestro/a que haya presenciado el hecho, o averigüe la autoría del hecho.
Es responsabilidad de todos y todas colaborar con el mantenimiento de la limpieza del Centro, absteniéndose de arrojar objetos al suelo y ensuciar patios u otros elementos.
El recinto escolar está constituido por el total de espacios físicos que componen el Centro, a partir del acceso exterior (entrada, zona administrativa, Biblioteca, Aulas, patios y demás dependencias). Todos los miembros de la Comunidad Educativa del Centro tienen derecho a usar sus dependencias previa petición a la Dirección, ateniéndose siempre a la Programación General del Centro.

2.3. CON RESPECTO A LOS MAESTROS Y MAESTRAS.
El profesorado del centro deberá tener presente el cumplimiento de las siguientes normas:
ENTRADAS. Deben hacerse con puntualidad,
SALIDAS. En los cursos de E. Infantil, los profesores/as acompañarán a los niños hasta la puerta de salida. En el resto de los cursos los profesores encargados en ese momento de las clases controlaran la salida de los alumnos/as, evitando las aglomeraciones, carreras, gritos,....
Resulta particularmente IMPORTANTE que en las horas de clase no se produzcan salidas descontroladas por los riesgos que éstas conllevan. Los desplazamientos de los niños han de realizarse siempre con el profesor correspondiente, procurando brevedad en los mismos y evitando molestias (gritos, carreras,...) en las demás aulas. Asimismo, la participación en actividades colectivas se realizará en presencia del tutor.
RECREOS. En ellos llevaremos a cabo una vigilancia relajada, pero atenta a las situaciones de violencia o peligro, acudiendo de manera puntual a nuestro puesto de vigilancia.
Entregar al Jefe de Estudios las incidencias de mal comportamiento, en el modelo que se le facilitará ex profeso, para que éste se lo comunique a la Comisión de Convivencia, cuando el incidente así lo requiera, para su inclusión en el expediente del alumno/a. Las correcciones deberá ponerlas, según gravedad y orden, el maestro que la detecte, el maestro que de clase en ese momento, el tutor, el jefe de estudios y por último el director.
Observación sobre el cumplimiento de la Normativa de Convivencia.


2.4. FOTOCOPIAS
Los alumnos al comienzo de cada curso aportarán el número de folios o cantidad económica equivalente que se determine para la realización de las copias necesarias de actividades de ampliación, resúmenes, etc...
Las fotocopias necesarias para el desarrollo de la actividad docente, las realizará el profesor correspondiente.


2.5. UTILIZACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS FUERA DEL HORARIO LECTIVO.
Los miembros de la comunidad escolar tienen derecho a utilizar las dependencias, instalaciones y materiales propios del Centro fuera del horario lectivo; ahora bien, la utilización de los mismos se permitirá siempre y cuando se cumplan escrupulosamente las siguientes normas:
Siempre deberá solicitarse la autorización por escrito a la Dirección del Centro, siendo la responsable de llegar a un acuerdo con la persona o personas interesadas, tras consultar con el responsable de la dependencia a utilizar.
Deberá existir siempre un responsable último que figurará como encargado de velar por la limpieza, correcta utilización de los materiales y orden en la dependencia utilizada; éste deberá comunicar a la Dirección aquellas incidencias que se hayan producido en la actividad desarrollada. Asimismo, este responsable será el encargado de reponer los posibles desperfectos que pudiesen producir cuando se considere que son producto de un uso inadecuado del material.


2.6. ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y COMPLEMENTARIAS.
Los equipos docentes de ciclos serán los encargados de centralizar, informar y organizar las actividades extraescolares que se realicen a lo largo del curso. En toda actividad existirá una normativa adecuada para la misma. Cuando la actividad suponga un desplazamiento fuera del Centro (excursiones, viajes, etc...) la normativa será la siguiente:
Los alumnos seguirán las instrucciones del profesorado en relación a cualquier aspecto del viaje. En ningún caso y bajo ningún pretexto desobedecerán las indicaciones del profesorado.
Los alumnos participantes en estas actividades respetarán las instalaciones de los hoteles, museos, industrias, autobuses y demás lugares visitados, cumpliendo en cada caso la normativa propia de cada uno de ellos. Todo alumno que resulte responsable del deterioro o desaparición de algún bien deberá hacerse cargo de su reposición íntegra, y podrá ser objeto de las medidas correctoras que se consideren oportunas.
Se respetarán los horarios establecidos, tanto para el desarrollo de las actividades previstas como para el descanso de todos los componentes del viaje.
Durante el desarrollo de la actividad los alumnos permanecerán siempre en grupo, salvo autorización expresa del profesor acompañante.
La participación en estos viajes implica la realización por parte del alumnado de aquellas tareas y actividades que sean encomendadas por el profesorado responsable.
Cuando algún miembro del alumnado infrinja gravemente las normas de comportamiento, poniendo en riesgo el normal desarrollo del viaje, podrá ser enviado de vuelta a su domicilio; en este caso serán los padres o tutores legales del alumno quien se hagan cargo de los gastos extraordinarios que se generen por esa circunstancia.
Cualquier miembro del alumnado que infrinja las normas establecidas en el presente documento, podrá ser sancionado de acuerdo en lo dispuesto a correcciones de conductas, a su regreso al Centro. Las posibles sanciones las establecerá la Comisión de Convivencia.
Los profesores responsables informarán previamente a la realización a los padres de alumnos de las actividades a desarrollar.
En el caso que fuera necesario alterar la programación debido a las circunstancias, el grupo de profesores responsables decidirá por consenso las nuevas actividades a realizar.
El grupo de alumnos/as que participe en este tipo de actividad, irá acompañados por el tutor/a como responsable del grupo, en casos que así se requiera acompañará al grupo un segundo profesor/a.
Aquel alumno que no participe en una actividad extraescolar deberá acudir al Centro diariamente, la inasistencia a clase deberá ser justificada formalmente.
La realización de este tipo de actividades necesitarán la autorización expresa de los tutores legales, para que los alumnos puedan participar en ellas.

2.7. LA COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN.
El marco normativo vigente tiene en cuenta la participación de Padres y Madres, Profesorado y Alumnado en la gestión de los Centros sostenidos con fondos públicos. Una comunicación e información adecuadas contribuirán a hacer efectivo ese derecho y a que la actividad escolar sea más formativa. La información constituye así un derecho básico de los miembros de la Comunidad Educativa.
Los medios de información en el Centro están constituidos por Tablones de Anuncios, Buzón de sugerencias de A.M.P.A. y los Archivos Documental e Informativo del Centro.


•3. RELACIÓN CENTRO-COMUNIDAD.
El Centro Educativo no puede vivir aislado y ajeno a la realidad concreta que le rodea. Por ello, todos los sectores de la comunidad educativa deben ser conscientes de la importancia que tiene el contexto que les rodea, asumiéndolo y colaborando para que haya una relación fluida y enriquecedora entre el Centro y la Comunidad.
El Centro debe favorecer y potenciar el uso del edificio y sus instalaciones por parte de los diferentes colectivos de la comunidad.
El Centro deberá planificar y evaluar todas las iniciativas que se tomen en este sentido.
Varios son los campos en los que el Centro puede trabajar para incentivar la relación con la comunidad y el entorno:
Fomentar seminarios y reuniones entre el Centro y colectivos del entorno.
Potenciación del medio físico, natural, económico y cultural.
El Centro debe:
Facilitar el conocimiento del entorno y participar activamente en su mejora.
Catalogar las posibles visitas o salidas escolares al entorno.
Estructurar un plan de visitas o salidas escolares por cursos o niveles.
Elaborar un plan de aprovechamiento de las iniciativas institucionales
Al servicio del desarrollo comunitario. El Centro debe:
Colaborar y ofrecer posibilidades educativas a todos los miembros de la comunidad.


•4. CONVIVENCIA. DERECHOS Y DEBERES.
Es primordial envolver el centro en un clima de grata convivencia, facilitador del trabajo escolar, donde profesores y alumnos se sientan seguros, asistidos y respetados, donde los padres se sientan participantes activos del proyecto educativo que propiciará, a su vez, una buena relación con las instituciones municipales. Desde estos presupuestos básicos, tenderemos a proyectar en nuestros niños/as valores humanos de no violencia, justicia, tolerancia, respeto, democracia y coeducación no sexista. Sin menoscabo de ofrecer un producto educativo de calidad que busque la adaptación futura de los mismos a las demandas culturales de nuestra sociedad.
En definitiva, consideramos que el cuidado por mantener unas relaciones humanas relajadas y profundamente respetuosas entre todos los miembros de la comunidad, se traducirá en actitudes capaces de generar por sí mismas un ambiente de confianza y seguridad.


•4.1. DERECHOS Y DEBERES DE LAS FAMILIAS.
A los padres y madres o tutores legales, como primeros responsables de la educación de sus hijos, les corresponde adoptar las medidas necesarias, solicitar la ayuda correspondiente y colaborar con el centro para que su proceso educativo de sus hijos se lleve a cabo de forma adecuada.


•4.1.1. EN RELACIÓN CON EL CENTRO:
Conocer el Reglamento de Organización y Funcionamiento y observar las normas contenidas en el mismo.
Respetar y hacer respetar a sus hijos e hijas las normas que rigen el centro escolar, las orientaciones educativas del profesorado y colaborar en el fomento del respeto y el pleno ejercicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad escolar.
Atender a las citaciones del Colegio y asistir con puntualidad a las mismas.
Abstenerse de visitar a sus hijos en horario lectivo, sin causa justificada.
Colaborar con el Colegio en la medida de sus posibilidades.
En caso de separación o divorcio, comunicar, presentando la documentación correspondiente, a quien corresponde la guarda legal y custodia de los hijos.
Evitar actuaciones por su cuenta, en caso de incidentes entre alumnos, en los que se vean involucrados sus hijos, actuando de manera coordinada con la Comisión de Convivencia.


•4.1.2. EN RELACIÓN CON EL PROFESORADO:
No desautorizar la acción de los profesores en presencia de sus hijos.
Facilitar todo tipo de información y datos valorativos de sus hijos a los profesores que lo precisen, en los distintos aspectos de su personalidad.
Participar voluntariamente en la programación y ejecución de las actividades para las que se solicite su ayuda.
Entrevistarse con los maestros/as en horario de tutoría para informarse sobre la marcha escolar de sus hijos, evitando hacerlo en horario lectivo o extraescolar.
Facilitar a sus hijos cuantos medios sean precisos para llevar a cabo las actividades y tareas que le indique el profesorado.
No interrumpir al profesorado en el horario destinado a atender al alumnado.
Respetar y dar importancia a la labor del profesorado.


•4.1.3. EN RELACIÓN CON SUS HIJOS/AS:
Colaborar en la labor educativa ejercida sobre el alumnado.
Vigilar y controlar sus actividades y su tiempo de estudio en casa.
Facilitar y controlar el cumplimiento de las obligaciones de sus hijos/as respecto del Centro: asistencia, puntualidad, orden...
Distribuir y coordinar su tiempo libre y de ocio, especialmente en lo relativo a lecturas, juego y televisión.
Justificar las ausencias y retrasos de sus hijos durante el horario escolar.
Recoger personalmente o mediante persona autorizada al alumnado que tenga que ausentarse del Centro durante el horario escolar.
Traer y recoger puntualmente al alumnado de Infantil y Primer Ciclo de Primaria, personalmente o mediante persona autorizada.
Estimular a sus hijos en el respeto a las normas de convivencia como elemento que contribuye a su formación.
No acompañar al alumnado al interior del Centro salvo por causa justificada y expresamente autorizada por la Dirección.
Procurar una sana y equilibrada alimentación, proporcionándoles un desayuno abundante y equilibrado y, si lo estiman conveniente un bocadillo o fruta para el recreo, evitando que traigan "chucherías".
Vigilar que asistan convenientemente vestidos y aseados.


•4.1.4. EN RELACIÓN CON LAS DEMÁS FAMILIAS:
Respetar y no discriminar a las demás familias que comparten el Centro.
Propiciar un ambiente de diálogo, tolerancia y respeto a las diferencias.


•4.2. DERECHOS Y DEBERES DE LOS MAESTROS Y MAESTRAS.
•4.2.1. SOBRE LOS DERECHOS:
Libertad de conciencia: ningún maestro puede ser discriminado en el ejercicio de sus funciones por razones políticas, éticas, religiosas o ideológicas, ni por su afiliación a cualquier partido político o sindicato, o por cualesquiera otras razones de índole profesional.
Autonomía pedagógica: los maestros, dentro del respeto a la Constitución y a la legislación educativa, tienen autonomía para desarrollar sus actividades docentes de la forma que consideren más adecuada en el marco de lo establecido en el Proyecto de Centro, en la correspondiente Programación de Aula y en lo contenido en el Plan Anual de Centro.
Protección en materia de seguridad e higiene: Teniendo derecho a desempeñar su trabajo en óptimas condiciones de higiene, en aulas, servicios y dependencias comunes.
A ser respetado en su dignidad personal por todos los miembros de la comunidad educativa.
Dignidad en la función docente: debe ser respetada en todo caso y especialmente en los términos establecidos por la Ley de la Función Pública.
Todos los derechos homologados con respecto a los de los alumnos y todos los que se deriven de los deberes de éstos.
A la utilización debidamente regulada de las instalaciones y material del Centro.
A concertar las entrevistas que crea necesarias con los padres/madres de alumnos/as de los que sea profesor o tutor.
Cualesquiera otros que establezca la legislación educativa.


•4.2.2. SOBRE LOS DEBERES:
Además de los descritos por la legislación de referencia, en nuestro Centro, los maestros y maestras tienen los siguientes deberes:
Colaborar con el Equipo Directivo en el mantenimiento del orden, la limpieza y la convivencia. Será obligación de los tutores y tutoras dar a conocer a sus alumnos/as las Normas de Convivencia que regulan la vida del Centro así como los derechos, deberes y procedimientos disciplinares que se regulan en el presente reglamento y colaborar en el cumplimiento de las mismas.
Controlar la asistencia de los alumnos/as de su tutoría o área.
Ser puntuales al inicio y al final de las clases y recreos.
Siempre que sea posible, el maestro o maestra que por motivos justificados tenga que faltar o ausentarse de clase lo notificará a la Jefatura de Estudios con suficiente antelación y deberá dejar tareas escolares a su grupo de alumnos/as.
Atender a los padres y madres de los alumnos/as en las horas destinadas a tutoría.
Desempeñar los cargos y funciones que se le encomienden.
Informar a los alumnos/as de los criterios generales y mínimos exigibles para la evaluación del aprendizaje.


•4.3. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS.
•4.3.1. SOBRE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS.
Todos los alumnos/as tienen los mismos derechos básicos sin más distinciones que las derivadas de su edad y de las enseñanzas que se encuentren cursando.
El ejercicio de sus deberes implicará el reconocimiento y respeto de los derechos del resto de miembros de la comunidad educativa.
El alumnado tiene derecho a:
A una formación integral que les permita el pleno desarrollo de su personalidad. A tal fin se encaminará siempre el Proyecto de Centro y el Plan Anual de Centro, en cuya aprobación participarán los alumnos/as a través de sus representantes en el Consejo Escolar.
A las mismas oportunidades de acceso a los distintos niveles de enseñanza, sólo condicionados por los requisitos académicos establecidos.
A que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, morales o ideológicas, así como su intimidad en lo que respecta a dichas convicciones o creencias.
A que se respete su intimidad, integridad física, moral y dignidad personal, no pudiendo ser objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios o degradantes. También tienen derecho a realizar su actividad académica en las debidas condiciones de seguridad e higiene.
A la confidencialidad de sus datos personales o familiares, sin perjuicio de las comunicaciones necesarias para la Administración educativa, y la obligación que hubiere en su caso, de informar a la autoridad competente.
A participar en el funcionamiento de la vida del Centro, en la actividad escolar y en la gestión del mismo en los términos previstos por la legislación vigente
Al uso, debidamente regulado, del Centro para actividades de carácter escolar y extraescolar.
El Centro deberá mantener relaciones con otros servicios públicos para atender las necesidades de todos los alumnos/as y, en especial de los más desfavorecidos sociocultural y económicamente.
A que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados con objetividad.
El alumnado o sus representantes legales podrán solicitar cuantas aclaraciones consideren oportunas acerca de las valoraciones que se realicen sobre su proceso de aprendizaje, así como sobre las calificaciones o decisiones que se adopten como resultado de dicho proceso.
Los alumnos tienen derecho a recibir orientación escolar y profesional
El alumnado tiene derecho a la percepción de ayudas y a la protección social en los términos que se marca en la normativa vigente.
El alumnado tiene derecho a la libertad de expresión y de asociación. Para la regulación de estos derechos se estará a lo dispuesto en la ley vigente.
Cuando no se respeten los derechos del alumnado, o cuando cualquier miembro de la comunidad educativa impida el efectivo ejercicio de dichos derechos, el director o directora adoptará las medidas oportunas para restablecer dichos derechos conforme a la legislación vigente


•4.3.2. SOBRE LOS DEBERES DE LOS ALUMNOS.
Deber de estudiar y esforzarse para conseguir el máximo rendimiento académico, según sus capacidades y el pleno desarrollo de su personalidad
Deber de respetar a los maestros y maestras y a todo el personal del Centro, al igual que se le respeta a él/ella.
Deber de estudiar, realizar las tareas que se le encomienden y respetar el derecho al estudio de sus compañeros/as.
Deber de asistir puntualmente a clase y participar en las actividades programadas.
Deber de seguir las orientaciones de sus maestros/as respecto a su aprendizaje y formación.
Deber de cumplir las normas de convivencia establecidas en este documento.
Deber de respetar las instalaciones y mobiliario del Centro y reponerlo en el caso de un uso incorrecto.
Deber de mantener las mismas conductas y actitudes exigidas en el Centro cuando realizan visitas, excursiones o cualquier actividad organizada fuera del Centro.
Deber de participar en las actividades que configuran la vida del centro, implicarse de forma activa, individual o colectiva en las actividades lectivas y complementarias
Deber de participar en la creación de un clima en el Centro que fomente el estudio, el trabajo, la curiosidad, la creatividad, la participación, el espíritu crítico y constructivo, el respeto y el compañerismo.
Deber de colaborar en la consecución de unos hábitos higiénicos y saludables.
Deber de ciudadanía, lo que implica conocer y respetar los valores democráticos de nuestra sociedad, expresando sus opiniones respetuosamente


•5. INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE LOS ALUMNOS.
Este documento informa sobre las "conductas contrarias a las normas de convivencia", establece las medidas a utilizar para aquellos alumnos/as que no cumplan sus deberes y, por tanto, provoquen problemas de convivencia en el Centro.


•5.1. CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN EL CENTRO
Establecidas en el Decreto de derechos y deberes de los alumnos , con respeto en todo caso, a la independencia de profesores, tutores, equipo directivo, y comisión de convivencia a la hora de enjuiciar una conducta y aplicar la sanción pertinente.
Son conductas contrarias a la convivencia:
Cualquier acto que perturbe el normal desarrollo de las actividades de clase.
La agresión física de carácter leve contra cualquier compañero/a.
Las acciones de desconsideración, imposición de criterio, amenaza, insulto, lenguaje soez, gestos y posturas irrespetuosas, así como la falta de respeto, en general, a los miembros de la comunidad educativa, siempre que no sean calificadas como faltas graves
La falta de colaboración del alumnado en la realización de actividades orientadas al desarrollo del currículo como: no traer libros o material escolar sistemáticamente; no realizar, de forma habitual las tareas para casa o clase encomendadas; no seguir las indicaciones u orientaciones del profesorado con respecto a su aprendizaje.
Conductas que impidan o dificulten el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber de estudiar de sus compañeros/as.
Las faltas injustificadas de puntualidad.
Las faltas injustificadas de asistencia a clase.
Fumar en las dependencias del centro incluido el patio del mismo
Cualquier otra incorrección que altere el normal desarrollo de la actividad escolar como:
La desobediencia a un miembro del profesorado cuando le esté amonestando debido a la realización de una falta
La negación a identificarse ante cualquier miembro del profesorado.
Queda prohibido traer al centro cualquier material que no sea de uso escolar tales como teléfonos móviles, maquinitas de juegos, walkman, etc. En este caso, los padres deberán pasar por la dirección del centro para recoger el material confiscado al alumno/a
Se considerarán faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad de un alumno/a, las que no sean excusadas, preferentemente por escrito, por los representantes legales del alumnado.
Cualquier acto de incorrección y desconsideración hacia los otros miembros de la comunidad educativa.
Causar pequeños daños en las instalaciones, recursos materiales o documentos del Centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad escolar.


•5.2. CORRECCIONES A LAS CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA
Las correcciones que hayan de aplicarse por el incumplimiento de las normas de convivencia habrán de tener un carácter educativo y recuperador, deberán garantizar el respeto a los derechos del resto del alumnado y procurarán la mejora en las elaciones de todos los miembros de la comunidad educativa.
En la corrección de las conductas contrarias a las normas de convivencia deberá tenerse en cuenta que:
El reconocimiento espontáneo de la conducta incorrecta , así como la petición de excusas y la reparación espontánea del daño producido, ya sea físico o moral
La falta de intencionalidad
El carácter ocasional de la conducta
Cuando no se pueda llegar a un acuerdo, o no pueda llevarse a cabo una vez alcanzado, por causas ajenas al alumno infractor o por negativa expresa del alumno o alumna perjudicado/a
Otras circunstancias de carácter personal que puedan incidir en su conducta.
El incumplimiento del deber de estudio durante el desarrollo de la clase, dificultando la actuación del profesorado y del resto del alumnado, además de conductas que alteran la atención y el orden en las clases o en las actividades docentes: comer y beber, mantener conversaciones o risas indebidas, gritos, ruidos o alborotos, utilizar móviles, mp3 o similares, juegos de azar, etc.
Se consideran circunstancias que agravan la responsabilidad:
La premeditación y la reiteración
Causar daño, injuria, u ofensa a los compañeros de menor edad o a los recién incorporados al centro
Cualquier acto de discriminación por razón de nacimiento, raza , sexo , capacidad económica, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, por discapacidad física, psíquica y sensorial o cualquier otra circunstancia personal o social
La incitación a la actuación individual o colectiva lesiva de los derechos de los demás miembros de la comunidad escolar
La alarma social causada por las conductas perturbadoras de la convivencia , con especial atención a aquellos actos que presenten características de acoso o intimidación a otro alumno o alumna
La gravedad de los perjuicios causados al centro o a cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa
La publicidad o jactancia de conductas perturbadoras de la convivencia a través de aparatos electrónicos y otros medios.
Las actuaciones que el centro puede llevar a cabo ante las conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro se clasifican en:

Actuaciones inmediatas
Medidas posteriores

MEDIDAS INMEDIATAS:

CORRECCIÓN

COMPETENCIAS

Amonestación pública o privada

Profesorado del centro y/o Jefatura de estudios

Exigencia de petición pública o privada de disculpas

Profesorado del centro, Tutor o tutora, Jefatura de estudios

Suspensión del derecho a permanecer en el lugar donde se esté llevando a cabo la actividad durante el tiempo que estime el profesor  o profesora, que garantizará el control del alumno o alumna y la comunicación , en caso de ser necesario, al jefe de estudios

Profesor o profesora responsable o asistente a la actividad y/o Jefatura de estudios

En cualquiera de los casos, el tutor o tutora deberá ser conocedor de los hechos y actuar en colaboración con el profesor o profesora, jefatura de estudios y dirección, si es necesario.

En función de la gravedad de la conducta , la transmisión de información entre profesor o profesora, tutor o tutora y jefatura de estudios, será verbal o por escrito, en este caso, quedará registrada por el tutor o tutora y en jefatura de estudios

MEDIDAS POSTERIORES:

CORRECCIÓN

COMPETENCIAS

Amonestación escrita, registrada en jefatura de estudios y pasada una copia al tutor/a

Profesorado del centro Tutor o tutora y Jefatura de estudios

Acumulación de 3 amonestaciones escritas, registradas en jefatura de estudios, tiene como consecuencia la expulsión de 1 día lectivo

Profesorado del centro Tutor o tutora y Jefatura de estudios

Modificación temporal del horario lectivo, tanto en lo referente a la entrada y salida del centro, como al período de permanencia en él, por un plazo máximo de 15 días lectivos

Director y por delegación: Jefe de estudios o comisión de convivencia

Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o el material del centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa por un plazo máximo de 5 días lectivos

Director y por delegación: Jefe de estudios o comisión de convivencia

Realización de tareas de apoyo a otros alumnos, alumnas y profesorado por un período máximo de 15 días lectivos

Director y por delegación: Jefe de estudios o comisión de convivencia

Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del centro por un período máximo de 15 días

Director y por delegación: Jefe de estudios o comisión de convivencia

Cambio de grupo del alumno por un período máximo de 15 días lectivos

Director y por delegación:

Jefe de estudios o comisión de convivencia

Suspensión del derecho de asistir a determinadas clases por un período no superior a 5 días lectivos. Durante dicho período quedará garantizada la permanencia del alumno al centro, llevando a cabo las tareas académicas que se le encomienden

Director y por delegación: Jefe de estudios o comisión de convivencia

Suspensión del derecho de asistencia al centro por un período máximo de 3 días lectivos

Director y por delegación: Jefe de estudios o comisión de convivencia

Salvo en el apartado a), será necesaria la audiencia con el alumno o alumna y sus padres o tutores legales. Se comunicará formalmente la adopción de esta medida a los padres o tutores legales. El tutor o tutora siempre deberá ser conocedor de los hechos, y actuar en colaboración con jefatura de estudios, dirección o la  comisión de convivencia



REALIZACIÓN DE TAREAS.
Dentro y fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del Centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos del Centro.
Para realizar dichas tareas los alumnos podrán hacerlo:
Estar a disposición de Jefatura de Estudios durante los recreos o las expulsiones de clase. Serán atendidos por los profesores/as de libre disposición o Jefatura de Estudios.
Durante este período los alumnos/as realizarán las actividades que los profesores/as de esas asignaturas le encomienden con el fin de evitar la interrupción de su proceso formativo.
Durante el transcurso de una clase, por ejemplo si ha ensuciado o desordenado el mobiliario o el suelo. Atendidos por el profesor/a de la clase.
Las tareas que se les podrán encomendar serán:
Tareas: ordenar y trasladar materiales y mobiliario; reparación de los mismos; colaborar con cualquier miembro de la comunidad educativa en algunas de sus tareas; limpieza de zonas del centro,...
Durante la suspensión del derecho de asistencia al centro durante un período máximo de 3 días lectivos:
Se garantizará que durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno/a realice las tareas formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo
El tutor/a del alumno/a le proporcionará a los representantes legales del mismo/a las tareas y actividades formativas precisas recabándolas de todos los profesores del equipo educativo del grupo del alumno/a
El alumno deberá realizar las actividades que se le encomienden. Los padres deberán ocuparse de garantizar que el alumno las realice

PAGO DE LA REPARACIÓN DEL DAÑO O DETERIORO CAUSADO.
A los padres se les comunicará presupuesto de Secretaría de los gastos de reparación de los daños materiales causados intencionadamente por sus hijos/as, hurtos,... el cual deberán abonar.
Posteriormente los padres podrán exigir se les muestre la factura de la reparación.
En circunstancias excepcionales se podrá exigir el pago al grupo causante de dichos desperfectos, pagando proporcionalmente cada alumno/a su parte.
 
CORRECCIONES A LAS CONTINUADAS FALTAS DE ASISTENCIAS INJUSTIFICADAS.
El Equipo educativo, a propuesta del tutor/a del alumno/a podrá imponer la sanción correspondiente sobre la evaluación del alumno/a o la promoción del mismo.
 
•5.3. CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA.
Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro las siguientes:
La agresión física de carácter grave contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
Las injurias y ofensas contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa, o la incitación a las mismas.
Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente si tienen un componente sexual, racial o xenófobo, o se realizan contra alumnos o alumnas con necesidades educativas especiales.
Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos.
El deterioro grave de las instalaciones, recursos materiales o documentos del Centro.
El deterioro grave de las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa
Sustracción de los recursos materiales o documentos del Centro
Sustracción de las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa
La reiteración en un mismo curso de conductas contrarias a las normas de convivencia del centro.
Cualquier acto dirigido a impedir el normal desarrollo de las actividades del centro.
El incumplimiento de las correcciones impuestas, salvo que la Comisión de Convivencia considere que este incumplimiento sea debido a causas justificadas.

•5.4. CORRECCIONES A ESTAS CONDUCTAS
La competencia para imponer estas correcciones es de la Comisión de Convivencia, excepto la del cambio de Centro.
El Jefe de Estudios, que es quien coordina toda la información sobre las incidencias en el Centro en relación con la convivencia, solicitará al Director/a la convocatoria de reunión de dicha Comisión para que ésta imponga las correcciones pertinentes.
En todas estas actuaciones se dará audiencia al alumno/a y a sus representantes legales.

•5.4.1. SANCIONES:
Realización de tareas fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del Centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos del Centro.
Para realizar estas tareas la Comisión de Convivencia comunicará a los padres la corrección con la debida antelación, así como la duración de la misma.
El alumno/a será atendido por profesores/as durante la realización de estas tareas que consistirán en: ordenar y trasladar materiales y mobiliario; reparación de los mismos; colaborar con cualquier miembro de la comunidad educativa en algunas de sus tareas (profesores/as, limpiadoras, personal de administración); limpieza de zonas del centro,...
Dichas tareas no podrán tener una duración inferior a 6 días lectivos ni superior a 15 días lectivos
Suspensión de la participación en actividades extraescolares por un período máximo de 30 días lectivos.
Cambio de grupo durante un período de tiempo comprendido entre 16 días lectivos y la finalización del curso escolar
La Comisión informará a los representantes legales del alumno/a.
Para esta corrección la Comisión debe, previamente, haber consultado, a través del Jefe de Estudios, al Orientador/a, al tutor/a del alumno/a. A su vez, el jefe de estudios informará al equipo educativo del alumno/a, y al tutor/a del grupo donde va a ser trasladado, sobre sus opiniones, conveniencia del cambio,...
Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un período superior a tres días lectivos e inferior a 30 días lectivos.
Se consultará a los profesores/as de las clases afectadas y al tutor/a del alumno/a sobre la conveniencia de la medida. Aunque habitualmente son solicitadas por los propios profesores/as o tutores/as.
Se garantizará que durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno/a realice las tareas formativas que se determinen para evitar la interrupción en su proceso formativo.
Para ello el profesor/a proporcionará a la Jefatura de Estudios, para su entrega al alumno/a, las actividades formativas correspondientes para el tiempo que dure la suspensión. La Jefatura de Estudios velará para que el alumno/a sea atendido por el profesor/a de Guardia o en la clase del Jefe de Estudios.
Se informará de todo ello a los padres.
Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un período superior a tres días lectivos e inferior a un mes.
Se garantizará que durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno/a realice las tareas formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo.
Para ello el tutor/a del alumno/a le proporcionará a los representantes legales del mismo/a las tareas y actividades formativas precisas, recabándolas de todos los profesores/as del equipo educativo del grupo del alumno/a.
El alumno/a deberá realizar las actividades que se le encomienden, Los padres deberán ocuparse de garantizar que el alumno/a las realice.
La Comisión de Convivencia podrá levantar esta suspensión antes del agotamiento del plazo previsto en la corrección, previa constatación de que se ha producido un cambio positivo en la actitud del alumno/a.
Para ello la Comisión establecerá una fecha de entrega de las actividades encomendadas. En dicha entrega estarán presentes el alumno/a junto a sus representantes legales de una parte, y de la otra el tutor/a junto al Jefe de Estudios. Este elevará a la Comisión su informe con la propuesta de mantenimiento o levantamiento de la corrección.
Cambio de Centro. La competencia para imponer esta corrección será del Consejo Escolar.
Para la corrección de cambio de centro se estará a lo dispuesto en el decreto 51/2007 de 17 de mayo por el que se regula los derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los Centros de Castilla y León.
Incoación de expediente sancionador
Las faltas prescribirán en el plazo de 90 días desde su imposición


Este Reglamento de Régimen Interior fue aprobado por el Consejo Escolar del Centro el 19 de diciembre de 2007

 

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